REGLAMENTO ORGÁNICO INSTITUCIONAL (ROI)
CAPÍTULO: I
a) Identidad
La actual gestión educativa en función de las atribuciones instituidas por las normativas vigentes que regulan y establecen el funcionamiento de las Escuelas Normales Res. 4048/10 y la Res. 2842/09 que implican la redacción, consenso de la comunidad educativa y puesta en vigencia del Reglamento Orgánico Marco del sistema de educación superior; considera de vital importancia que en consecuencia se hace necesario la construcción y confección del Reglamento Orgánico Institucional del Nivel Superior de la Escuela Normal Superior “Osvaldo Magnasco”, tendiente a cubrir una ausencia en las especificaciones con respecto al gobierno y participaciones en el nivel, entendiendo como espacio de lo público; un espacio de lo común, construido participativa y democráticamente.
Todo ello en un marco regulatorio que garantice la vida en democracia al interior de la institución y el respeto y cumplimiento con los roles y funciones propios a cada uno de los actores de estas. Esto constituye una condición de posibilidad que contribuye a su fortalecimiento y que todo proceso regulatorio debe poseer. Además una regulación que pretende, profundizar una cultura democrática en los distintos niveles e instancias, debe estipular y habilitar procesos de especificación, adecuación e implementación progresiva en cada uno de ellos.
El presente Reglamento Orgánico Institucional es un instrumento imprescindible para la profundización de una gestión democrática del Sistema, que contemple y promueva la autonomía, la interdependencia y la participación democrática de los distintos integrantes, en los niveles y ámbitos de gobierno normado y regulado por las disposiciones, resoluciones y demás reglamentos emanadas desde el Consejo General de Educación, MGJE, CF, y la DES. Sin omitir y desconsiderar que como todo sistema de gobierno, las normar y leyes cumplen un papel fundamental en la organización y en la vida de las instituciones. En sintonía, el no cumplimiento de estas y no aplicación de las mismas puede producir desequilibrio funcional.
Las funciones de los diferentes miembros que conforman y se detallan en el siguiente Reglamento Orgánico Marco, no exime a los mismos de las normadas y emanadas por el Consejo General de Educación y sus futuras ampliatorias y/o modificatorias
b) Misión
“La escuela Normal Superior O Magnasco fue creada a principios d Siglo con un claro mandato fundacional: La formación de maestros.
Su vínculo inicial con la sociedad victorense estuvo intensamente marcado por ese compromiso: los cambios que la historia fue imponiendo al escenario y la cultura institucionales tampoco desdibujaron esa nota de identidad.
Con ciento un años de vida pedagógica esta Comunidad Educativa reafirma el propósito de mantener la formación docente continua como eje vertebrador de la unidad académica.
En sintonía, la permanente búsqueda y trabajo de nuevas propuestas para formar desde las diferentes Áreas del Saber, manifiesta una clara opción hacia alternativas en la preparación de RRHH que tengan inserción en el proyecto de desarrollo económico regional y que sean capaces de ejercer una influencia educativa formal en la comunidad.” [1]
Este mandato fundacional se conserva hoy, pero ampliado a la formación de docentes para los niveles Inicial, Primario, Secundario y Terciario respectivamente.
En la actualidad funcionan cinco profesorados: Profesorado para la Enseñanza en el Nivel Inicial, Profesorado para la Enseñanza en el Nivel Primario, Profesorado en Lengua, Profesorado en Historia y Profesorado en Ciencias de la Educación.
c) Principios:
Principios que orientan las prácticas institucionales.
a)1 En el Orden pedagógico:
-La apropiación, producción y distribución de conocimientos socialmente significativos.
-El desarrollo de competencias intelectuales prácticas sociales éticas y estéticas que preparen al alumno para resolver problemas en los órdenes personales, laboral y social.
-Programar acciones intrainstitucional
b)2 En el Orden organizativo:
-La gestión institucional se orienta en el sentido de consolidar un modelo democrático que propicie: la participación real y efectiva de los actores institucionales en distintos órganos de consulta y decisión.
-Una adecuada coordinación intra e internivel, tanto en el aspecto organizativo como en el pedagógico.
CAPITULO: II
d) Del gobierno institucional
Según lo establece el marco normativo vigente: Resolución 4048/10
ART. 7. Organización institucional. Las Escuelas Normales. Sup. De la Provincia de Entre Ríos se rigen constituyen una unidad académica organizacional y administrativa integrada por los niveles de Educación Inicial, Educación. Primaria, Educación Secundaria y Educación Superior y tienen como Misión formar profesionales de la enseñanza para los diferentes niveles del sistema educativo.
ART. 8. Marco Normativo. Las Escuelas Normales Superiores de la Prov. De Entre Ríos se rigen por la Ley de Educación Provincial N° 9890, las normas del CGE. Que le sean aplicables y por aquellas Resoluciones del CFE que resulten pertinentes.
Art. 9. Responsable de la gestión de la Escuela. Consejo Coordinador Institucional. Rector/a Vice-Rector/a, Regente. Consejo Directivo del Nivel Superior.
Art. 10. Propósitos y funciones del Consejo Coordinador Institucional. (Los consignados en el texto de la resolución citada)
Art 11. Pautas del funcionamiento del Consejo Coordinador Institucional (los consignados en el texto de la resolución citada)[2].
1-Rector:
Son facultades del Rector, según lo estipulado en la Res. 4048, Art. 7
Asumir la gestión integral de la institución
- Constituir órganos de gobierno y consulta institucionales y académicos.
- Facilitar la tarea integral de la institución mediante el encuadre en la legislación vigente. Favorecer canales de comunicación institucionales que posibiliten la trasformación de los conflictos en aprendizajes.
- Promover proyectos educativos innovadores en la institución, basados en análisis situados y con capacidad para convocar/incluir/movilizar a la comunidad educativa
- Fomentar la constitución y funcionamiento de la Asociación Cooperadora, actuando como consejero Asesor permanente frente a ésta.
Son facultades del Rector en relación al Consejo Directivo Institucional según lo estipulado en la Res. 2842, CGE, Art. 10
- Convocar y presidir las sesiones del Consejo Directivo
- Cumplir y hacer cumplir las resoluciones del Consejo y de la Dirección de Educación Superior
- Garantizar el carácter público de las temáticas abordadas y las resoluciones del Consejo Directivo.
- Velar por el encuadre permanente de las resoluciones del Consejo Directivo, en la normativa vigente y las definiciones de política educativa.
2.-Vicerrector:
- Supervisar la aplicación del calendario académico.
- Supervisar el seguimiento académico y administrativo de los estudiantes
- Supervisar y evaluar el planeamiento y desarrollo de las actividades administrativas y de apoyo técnico.
- Facilitar tiempos y espacios para que los equipos docentes analicen, discutan, adapten y elaboren propuestas didácticas en el marco curricular.
- Acompañar a los equipos docentes en la planificación e implementación de actividades áulicas y extra áulicas tendientes a promover la formación integral y la inclusión de los estudiantes.
- Orientar pedagógicamente a los equipos docentes promoviendo la creatividad, la investigación y el desarrollo profesional.
- Proyectar junto a los equipos directivos y docentes de los diferentes niveles la articulación de los mismos.
- Organizar y optimizar los recursos con los que cuenta la institución para fortalecer los procesos didácticos.
- Emitir opinión acerca de la planificación del proceso de autoevaluación institucional, de los informes correspondientes y de las propuestas de mejoramiento.
- Conforma el Consejo Coordinador Institucional aportando al mismo para la construcción de una institución armónica e inclusiva en la que se coordinen esfuerzos y disposiciones.
- Contribuir al fortalecimiento de los vínculos con las familias que forman parte de la comunidad educativa.
- Supervisar, orientar y acompañar todas las acciones relativas a la convivencia en el marco institucional.
- Representar por delegación del Rector en cuestiones vinculadas a su competencia, y desempeñar las funciones que expresamente le delegue el Rector.
- Reemplazar temporalmente al Rector en el ejercicio de sus funciones cuando éste no pudiera ejercerlas por cualquier causa.
3-Secretario (de la Resolución 4048/10)
- Asumir la responsabilidad de la gestión y coordinación de la dimensión administrativa del Nivel Superior.
- Elaborar y proponer criterios a los equipos directivos para el relevamiento de información institucional.
- Actuar con complementariedad en los roles de suplir con otras funciones en los casos necesarios, para el buen desarrollo de la enseñanza, el aprendizaje y la atención que los estudiantes requieran.
- Facilitar mediante el encuadre en la legislación vigente, la tarea integral del nivel.
- Establecer canales de información y comunicación que posibiliten diferentes acciones pedagógicas y administrativas.
- Procurar que lo normado llegue a todos los miembros de la institución.
- Propiciar un mejor funcionamiento educativo en el marco del Sistema SAGE.
- Prever y facilitar los recursos técnicos necesarios para la acción didáctica pedagógica.
- Ser el responsable de la organización y actualización del inventario de la institución.
- Coordinar y organizar las tareas del personal administrativo y de los auxiliares de la educación, quienes dependen funcional, jerárquica y administrativamente del Secretario.
- Integrar el Consejo Coordinador Institucional.
4-Consejo Directivo
- -En el marco de las funciones del Consejo Directivos de las instituciones de formación docente, establecida en los artículos 112 a 115 de la Ley de educación provincial N 9890/, son inherentes a los mismos además de las fijadas en el Reglamento Orgánico Marco aprobado por Resolución 2842/09 y futuras ampliatorias y/o modificatorias si se produjeran las que a continuación se detallan:
- Proponer a la Comunidad Académica la elaboración del Proyecto Institucional de Formación docente continua y de desarrollo profesional, investigación educativa y otras funciones en el marco de las prioridades definidas por las políticas educativas provinciales y las necesidades locales.
- Poner a consideración de los integrantes de la Comunidad Académica el Régimen Académico Institucional del nivel, de acuerdo a las definiciones marco de otras instancias de gobierno de la Educación Superior.
- Elaborar y aprobar el Reglamento Orgánico Institucional del Nivel, explicitando aquellas responsabilidades y aspectos inherentes al gobierno y funcionamiento de la Institución teniendo en cuenta los siguientes componentes mínimos
-
- A) Identidad de, los Institutos de Formación de Enseñanza Superior y Técnico
- B) Profesional.
- C) Principios generales.
- D) Funciones.
- E) Organización Institucional.
- F) Comunidad Educativa.
- G) Mecanismo para la Reforma del Reglamento Orgánico Institucional.
- H) Criterios y Propuestas de cooperación vinculación y trabajo inter institucional con las Universidades otros institutos, Escuelas destino y otras instituciones sectores productivos y organizaciones de carácter estatal o privado, de la Comunidad Educativa, regional de acuerdo a la política educativa provincial.
- Estipular los criterios y consignar las propuestas de cooperación vinculación y trabajo interinstitucional con las universidades, otros institutos, escuelas destinos y otras instituciones, sectores productivos y organizaciones estatales o privado, de la comunidad educativa, regional de acuerdo a la política educativa provincial.
- Concretar y administrar el destino de los eventuales fondos recurrentes que les sean asignados, de acuerdo a prioridades institucionales.
- las sanciones por incumplimiento. El miembro que incurra en falta de sus funciones u obligaciones será sancionado según la normativa vigente aplicable según el caso:
- Decreto 2521/95 para el docente.
- En el caso de tratarse de otro miembro que incurra en las siguientes faltas se dejara expreso en actas y de ser reiterada el miembro deberá ser reemplazado por su suplente que pasara a ser titular cualquiera sea el caso.
- De las ausencias a sesiones. Los miembros podrán incurrir en hasta tres inasistencias continuas o discontinuas a las sesiones de Consejo Directivo. El miembro ausente deberá justificar en tiempo y forma su inasistencia. Por tanto de tratarse de un docente este estará encuadrado según el Dcto 5923/00 y modificatorias. De ser un alumno deberá justificar por nota su ausencia y acordar con un suplente para garantizar de este modo el quórum. Al alumno se le extenderá su certificado correspondiente de desempeño y contara como crédito y justificativo ante ausencia a clases.
- De los órganos y mecanismos de comunicación de las resoluciones de Consejo. Las disposiciones del Consejo Directivo serán dadas a conocer a todos los actores a través de la Regencia del Nivel, única persona habilitada para este fin y quien por medio del Campo Virtual de la Institución lo hará a tal fin o en reunión con el/los interesados. De lo tratado se dejara acta lubricada por las partes.
- Del cronograma y horarios de sesiones, será determinado de antemano, antes de producirse las elecciones, para garantizar la disponibilidad horaria de los diferentes miembros.
- En acuerdo a la presente norma a aplicarse a partir del período 2012, los profesores que ocupen cargo directivos al momento de constituirse el Consejo Directivo, no podrán asumir, mientras dure su situación de revista, a fin de garantizar la independencia de los órganos de gobierno.
- Todos los antes enumerados sin perjuicio de los considerados en el Art. 11 de la Res. 2842 CGE.
5-Regente
- Junto al Rector y el Consejo Directivo conducir técnica y pedagógicamente el nivel.
- Ayudar en la comunidad educativa a crear el sentido de pertenencia de los diferentes miembros, para lograr mayor cohesión en el trabajo colectivo.
- Procurar trabajar en equipo en pos de la mejora de las prácticas pedagógicas y administrativas propias del nivel.
- Establecer los nexos necesarios para lograr una fluida comunicación entre los diversos estamentos de la institución.
- Propender a la formación docente en el ejercicio de su función.
- Viabilizar las decisiones, que hayan sido tomadas por el Consejo Directivo del Nivel.
- Visar los programas y proyectos curriculares presentados teniendo en cuenta los diseños curriculares provinciales para cada carrera y preservando la libertad de cátedra.
- Recepcionar, y poner a disposición de quienes lo requirieran, las planificaciones de las asignaturas y trabajos prácticos.
- Preparar jornadas institucionales y convocar a los docentes a la participación en las mismas.
- Difundir el cronograma anual de actividades académicas en acuerdo al calendario escolar y a las decisiones sobre el mismo tomadas por el Consejo Directivo del Nivel.
- Dictar normas internas a fin de optimizar la organización y el funcionamiento del nivel en la faz administrativa y pedagógica.
- Supervisar y acompañar a todo el personal a cargo.
- Procurar un clima saludable y armónico a fin de desarrollar las tareas de acuerdo a funciones que a cada integrante de la comunidad educativa del nivel, le competen.
- Aportar a la solución pacífica de los conflictos o situaciones de desacuerdo entre los miembros de la institución.
- Velar por el cumplimiento de la normativa específica del nivel.
- Convocar a reunión de docentes cuando se lo estime necesario y conveniente.
- Estimular el desarrollo de nuevos proyectos que redunden en beneficio de la calidad, eficacia y eficiencia educativa.
- Promover acciones de capacitación abiertas a la comunidad.
- Proyectar las carreras docentes y las acciones de capacitación hacia la comunidad de la zona de influencia institucional.
- Realizar un seguimiento de los procesos de enseñanza y aprendizaje, a fin de mejorar la calidad académica del Nivel.
- Intervenir en aquellas situaciones en las que surjan inconvenientes, en la relación pedagógica entre alumnos y docentes.
- Abogar por la autonomía del Nivel en acuerdo a las reglamentaciones específicas para el mismo, en la toma de decisiones, respecto de las líneas pedagógicas y curriculares, teniendo en cuenta el principio de libertad de cátedra.
- Participar de las reuniones del Consejo Directivo del Nivel, aportando informes e ideas respecto de los procesos que así lo requieran.
- Presidir en caso de ausencia del Rector y el Vicerrector las reuniones del Consejo Directivo institucional.
- Integrar el Consejo Coordinador Institucional.
CAPITULO III
e) De la Estructura Funcional
- 1. Personal administrativo(de la Resolución 2231/10)
- Transcripción, programación y procesamiento de datos y documentos.
- Organización, clasificación, registro y archivo de documentación.
- Tramitación administrativa en general.
- Gestión contable en general.
- Administración de recursos.
- Atención al público.
2. Bibliotecario:
La biblioteca es uno de los ejes centrales de la acción escolar ellas existen desde hace siglos ayudando a construir el pensamiento, el conocimiento y formando críticos de la sociedad. Es por ello que la función del bibliotecario es un pilar fundamental en todo ese proceso ya que en su tarea cotidiana debe seleccionar material a adquirir, sellar ese material ingresado, inventariarlo, catalogarlo, clasificarlo y ponerlo al servicio de préstamo para que los usuarios puedan tener en sus manos la información lo más pronto posible. Hoy en día la mayoría de las bibliotecas de la República Argentina cuentan con un sistema de informatización de biblioteca como es Aguapey que permite agilizar el trabajo del bibliotecario y del usuario también ya que tiene los catálogos informatizados y en el caso de referencia o préstamo de libros ayuda en el servicio de búsqueda del material.
En un mundo donde el libro va perdiendo protagonismo y donde surgen otras formas de producción y transmisión de cultura que tienen enorme protagonismo en la vida contemporánea, el hombre rodeado de lenguaje de imágenes y audio que surge del mundo de las computadoras; las bibliotecas tienen que adaptarse a un nuevo rol y ampliar la porción de la cultura y ponerlas a disposición a las nuevas generaciones.
El bibliotecario de nivel superior es quien tiene que estar más preparado para este desafío ya que si bien el clasificar, catalogar correcta y especìfamente el material ingresado debe estar empapado de la bibliografía con que cuenta para asistir y proporcionar rápidamente y con veracidad toda esa información.
Es por ello que la Biblioteca del Nivel Superior del Profesorado de La Escuela Normal Superior O. Magnasco cuenta adosado a biblioteca con un gabinete informático atendido por el bibliotecario al cual pueden asistir los usuarios de la biblioteca ya sea alumnos como docentes para alcanzar más productividad en su quehacer diario educativo.
Teniendo en cuenta que la institución cuenta con una página en Internet donde las nuevas tecnologías han hecho mucho más accesible la capacidad de publicar notas, artículos a fin de hacerlos circular. El trabajo pedagógico puede hacerse desde la escuela, desde su rincón más influyente «LABIBLIOTECA» para la formación de nuevas generaciones de docentes.
3-Preceptor: Funciones de los Preceptores Nivel Superior
a) Generalidades Administrativas:
- Matrícula de alumnos
- Proveer y Recibir inscripciones de ingreso
- Recibir inscripciones para exámenes finales, controlar y ordenarlas.
- Atender consultas de alumnos.
- Controlar la situación académica de cada alumno en cada una de las materias en que se inscribe.
- Controlar actas volantes y libros de actas.
- Para el inicio de los cursos de ingreso (propedéutico) realizar el listado de ingresantes por orden alfabético.
- Asentar en el cuaderno de contabilidad todos los ingresos y egresos. Archivar comprobantes.
MARZO
Pasar las notas de las actas a los registros de calificaciones.
Durante el curso de ingreso, explicar la reglamentación, la aceptación de alumnos, condicionales hasta junio, vestimenta, disciplina, mate y cigarrillo, claridad en el llenado de formularios.
Sugerir atención permanente al pizarrón de receptoría para mantenerse informado.
Trámites de:
Recepción de trabajos prácticos.
Control de asistencia.
Arreglo de horarios.
Recibir información sobre licencia de profesores.
Controlar que el alumno delegado de cada curso retire y regrese el material áulico (registro de asistencia, libro de temas, tiza, borrador)
Elaborar los promedios a fin de nombrar los abanderados y escoltas.
Archivar documentación del año anterior.
ABRIL
Reclamar al alumno documentación adeudada si la hubiere, para armar los legajos.
Recibir solicitudes para el pedido de equivalencias.
Confeccionar por profesorado una planilla de alumnos con todos sus datos y documentación presentada.
MAYO
Controlar hoja de asistencia.
En cada registro de asistencia colocar el formulario con la parrilla de asiento de
Parciales y recuperatorios.
Confeccionar planilla de calificaciones y las copias respectivas.
JUNIO
Control de alumnos que adeudan materias de Nivel Secundario y están aceptados en el profesorado en forma condicional.
Hacer fotocopias de formulario de Inscripción de exámenes.
Abrir inscripción a exámenes finales turno: julio-agosto.
JULIO
Recibir inscripciones para exámenes finales.
Control de la situación de cada alumno en cada una de las materias en las que se inscriben.
Realizar actas volantes.
AGOSTO
Libretas estudiantiles (previa confirmación de la presentación de la documentación requerida por la Institución)
Armar legajos de los alumnos de 1º año.
Volcar la nota de los exámenes finales en el Registro de Calificaciones.
SEPTIEMBRE
Hacer hoja de Registro de Calificaciones a los alumnos de 1º año de todos los profesorados.
Controlar planillas de asistencia
Suministrar los datos estadísticos solicitados desde la DES.
Suministrar datos al infod.
OCTUBRE
Asentar en el registro de asistencia el total de clases dadas durante el año y las ausencias de cada alumno para obtener el porcentaje de inasistencias.
NOVIEMBRE- DICIEMBRE
Hacer copias de formularios de matrículas e inscripciones para exámenes finales.
Recibir planillas con notas.
Pasar a los registros de calificaciones la situación académica anual de cada alumno.
Armar una carpeta para cada profesorado con los programas o planificaciones de las diferentes asignaturas.
Realizar provista de materiales para el siguiente ciclo lectivo.
El preceptor de nivel terciario, cumple una función primordial como nexo o punto de concordancia entre el alumnado y la Regencia; debiendo desenvolverse en un ambiente institucional que cuenta con heterogeneidad de alumnos, pudiendo transmitir a éstos determinadas novedades o inquietudes que provengan de ese sector y viceversa.
El preceptor deberá a través de su presencia y contacto con los alumnos, ser un comunicador y receptor de inquietudes y dudas de los mismos. Para ello es esencial su paso por las aulas y espacios donde transcurre la vida institucional.
Además de sus funciones administrativas debe tratar de resolver cuestiones que tienen relación directa con el alumnado y/o docentes (dudas, consultas, horarios, asistencia, etc.)
4-Docentes
- Desempeñar con dignidad, eficacia y lealtad las funciones inherentes al cargo.
- Educar a los alumnos en principios del profundo contenido y sentido nacional, como serían respeto a los símbolos patrios que hacen a nuestra identidad nacional (bandera, himnos, marchas) y el valor de ser portadores de los mismos, afianzando el respeto a la forma representativa, republicana, federal y democrática de gobierno.
- Realizar todo trámite administrativo respetando la vía jerárquica.
- Observar una conducta acorde con la función educativa y no desempeñar actividades que afecten la dignidad docente y del alumno.
- Perfeccionarse constantemente y actualizar el material bibliográfico, dentro de las posibilidades del docente, teniendo en cuenta los requerimientos del nivel superior.
- Con respecto a las inasistencias, informar de las mismas (durante los días de clases, mesas de exámenes y reuniones) y cumplir con los trámites establecidos dentro de las 48 hs.
- Elaborar actas de exámenes correctamente y sin enmiendas.
- Educar en el ejercicio de los derechos humanos.
- Demostrar responsabilidad en la puntualidad horaria, en la entrega de los trabajos y parciales en tiempo y forma.
- Demostrar compromiso con la institución y la comunidad en general difundiendo las actividades que se llevan a cabo.
- Establecer vínculos con los colegas que faciliten las prácticas interdisciplinarias y la articulación de contenidos para mejorar la calidad del aprendizaje.
- Colaborar, en la medida de lo posible, en la organización institucional y acompañar a los alumnos en las situaciones de aprendizaje no formales.
- Devolver el material bibliográfico perteneciente a la institución.
- Incorporar paulatinamente las TIC´s en el desarrollo de las clases.
- Renovar, innovar las prácticas pedagógicas y didácticas a fin de procurar los procesos de enseñanza y aprendizaje de calidad.
- Proponer acciones de capacitación.
- Propiciar el espíritu de superación.
5-Estudiantes
- Ajustarse a las normas establecidas en el Reglamento Interno de la institución.
- Cumplir con los requisitos administrativos que la institución solicite. (bedelía)
- Respetar los términos acordados para el cursado y aprobación de los espacios curriculares.
- Concurrir a las reuniones convocadas por las Autoridades según corresponda.
- Participar en los diferentes eventos que se organizan de y desde la institución.
- Manejarse dentro de la institución respetando y tolerando a todos los actores de la comunidad de nivel superior.
- Participar en la elaboración del reglamento interno de la institución.
- Elegir los representantes de alumnos que integren el Consejo Directivo, Centro de Estudiantes y Delegados por curso.
- Organizarse a través de Centros de Estudiantes u otro tipo de organización afín.
- Participar conjuntamente con autoridades y docentes responsables en la elaboración de distintos Reglamentos que la institución lo requiera.
- Proponer cambios, modificaciones que hagan al enriquecimiento y crecimiento institucional.
- Crecer y desarrollarse en forma personal a fin de lograr una inserción en la diversidad de ámbitos escolares existentes en nuestra sociedad.
Centro de Estudiantes de la Escuela Normal Superior “Osvaldo Magnasco”
Bajo la denominación de Centro de Estudiantes del Terciario de la Escuela Normal “Osvaldo Magnasco” (C.E.T.E.N.), se constituye esta entidad que agrupa y representa, de manera exclusiva, a todos los estudiantes de dicha institución, debiendo estos, para ser beneficiarios, cumplir con el único requisito de revestir la calidad de estudiantes regulares y libres.
El C.E.T.E.N., como organización gremial de los estudiantes del nivel terciario de la Escuela Normal Superior “Osvaldo Magnasco”, reconoce a las diferentes organizaciones sindicales del país, la provincia y la ciudad que luchan por los derechos sociales de trabajadores y ciudadanos en general. Adhiere a la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA), como su central gremial, promoviendo la integración de todos los actores en la lucha por una mejor educación.
El Centro de Estudiantes del Nivel Superior de la Escuela Normal Superior “Osvaldo Magnasco” se propone:
a) Luchar por una educación, pública, popular, democrática, pluralista, crítica y abierta a la sociedad.
b) Defender los intereses de los estudiantes del Nivel superior de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
c) Garantizar los principios de la educación no dogmática, libre ingreso, co-gobierno, autonomía y gratuidad.
d) Posibilitar la libre expresión dentro de un marco de armonía en donde se puedan escuchar distintas opiniones y asentir o disentir de manera constructiva desarrollando las tareas que hacen al centro en un marco de diálogo respetuoso digno de una institución de formación docente.
e) Defender el sistema democrático en plena vigencia del estado de derecho.
f) Bregar por la plena vigencia de los Derechos Humanos, las libertades públicas y la conservación del medio ambiente.
g) Bregar por la formulación e implementación de planes de estudio acordes con las necesidades sociales, políticas y económicas de la mayoría de la población de nuestra región y de nuestro país.
h) Promover jornadas, charlas, debates, encuentros, viajes, seminarios y otras actividades culturales que permitan a los estudiantes enriquecer su nivel académico y personal.
i) Realizar toda actividad que tenga por finalidad conquistar mejoras de toda índole para los estudiantes representados.
6-Egresados:
Son graduados del Profesorado quienes hubieren finalizado los estudios conforme los planes de estudio establecidos y obtenido el título correspondiente.
Podrán:
- Disponer de los reglamentos y disposiciones de aplicación del Profesorado, y las garantías y procedimientos dispuestos para la defensa de sus derechos;
- Participar de las instancias de actualización y capacitación disponibles y convenientes para el mejoramiento de su formación;
- Recibir información acerca de las ofertas de posgrado y de inserción laboral;
- Participar de planes destinados a los Egresados: por Ej. Plan Noveles cuando este está vigente en la institución.
- Recibir asistencia y orientación permanente;
- Participar en la vida institucional;
- Participar de eventos académicos y culturales que enriquezcan su formación profesional;
- Expresarse y peticionar de manera libre y responsable, con respecto a aquellos eventos que los afecten directamente.
- Organizarse en centros de egresados regulados según las normas específicas
- Elegir a sus representantes para integrar el Consejo Directivo.
Tendrán que:
- Respetar al igual que los demás miembros de la comunidad educativa, el presente Reglamento, y demás normas reglamentarias y disposiciones de aplicación en el Instituto;
- Apropiarse de la mejor formación académica y cultural, haciendo uso activo de los espacios institucionales y externos dispuestos al efecto;
- Procurar una participación respetuosa de los roles y funciones de cada uno de los miembros de la comunidad educativa, fomentando el espíritu de iniciativa, colaboración y solidaridad en el desempeño de su tarea; absteniéndose de toda actitud discriminatoria
- Cooperar, orientar y asistir a los alumnos en aquellas actividades para las que fueran convocados por las autoridades del Profesorado;
- Integrarse activamente a la vida institucional.
7-Facilitadores Tics
- Mantener y administrar el Campus Virtual institucional en lo que al nivel superior le atañe junto a la Regente del nivel y al Referente TIC`s
- Proponer estrategias de uso del campus virtual a docentes y alumnos.
- Promover el uso de las Tics en el proceso de mejora de los aprendizajes.
8-Referente Tics
En acuerdo a la normativa Res. 2922/11 las funciones son:
- Trabajar con tecnología de red inalámbrica; manejar software y aplicaciones en los sistemas operativos Windows y Linux, programas de gestión de clases como E-Learning Class (Windows)
- Hacer carpetas y perfiles diferenciados para docentes y estudiantes para facilitar el desarrollo de propuestas de enseñanza.
- Asesorar a los estudiantes, docentes y directivos en el uso de la tecnología, promoviendo un trabajo de gestión a nivel institucional tendiente al uso responsable del equipamiento.
- Operar la solución de seguridad incluida en las computadoras portátiles y el servidor y organizar criterios para la carga de la instalación eléctrica que vaya a utilizarse a tal fin.
- Instalar y configurar cada uno de los equipos que recibe el instituto y llevar adelante un plan de administración, mantenimiento preventivo y políticas de backup, así como también, una estrategia de vinculación con los docentes, que permita facilitar el desarrollo de actividades que hagan uso de las aplicaciones y herramientas disponibles, tanto en el servidor como en las computadoras portátiles.
- Elaborar un boletín mensual con novedades destinado a la comunidad académica. Para informar sobre el desarrollo de actividades y proyectos institucionales que hacen uso de la modalidad 1 a 1 y Aula Móvil, compartir noticias sobre nuevos recursos y formación que se encuentren disponibles en el sitio Web del Plan de Inclusión Digital Educativa, etc.
- Crear nuevos espacios en el servidor para el intercambio y devolución de consultas por parte de los docentes.
- Participar en el desarrollo de las estrategias de difusión que cada institución elabore para reflejar el trabajo realizado por docentes y estudiantes (carteleras, blogs, etc.), promoviendo la producción de materiales que podrán incorporarse el Portal aprender@entrerios.edu.ar
- Cumplir toda otra función emanada de la superioridad inherente a la figura del Referente Técnico Institucional.
- Elaborar Protocolo de uso en base a requerimientos y/o acuerdos provinciales e institucionales.
- Actualizar periódicamente el nodo institucional en lo referente a la WEB, Blog y administrar el uso y el mantenimiento de las Aulas Virtuales.
- Concurrir a instancias de capacitación para Referente Técnico Institucional del Programa Conectar Igualdad previstas por el Consejo General de Educación o el Ministerio de Educación de la Nación.
9-Ordenanzas
- Velar por la buena conservación del edificio, mobiliario, utensilios y material perteneciente al establecimiento.
- Efectuar todas las reparaciones menores que estén a su alcance, siempre que no impliquen riesgos a su integridad personal.
- Mantener la higiene del local escolar.
- Atender el traslado, distribución del mobiliario, material didáctico y documentación del establecimiento.
- Realizar las diligencias y comisiones y atender los recaudos que se le encomienden para el servicio exclusivo del establecimiento.
- Reemplazar a otras ordenanzas en casos de ausencia, redistribuyéndose las funciones de manera adecuada.
- Colaborar en las demás tareas que le sean requeridas, en tanto guarden relación con sus funciones.
- Conservar adecuadamente las herramientas de trabajo.
- Mantener limpio, cuidado y parquizado el perímetro donde se encuentra el establecimiento.
Del mayordomo:
- Organizar, coordinar y supervisar las actividades de ordenamiento e higiene de las diversas dependencias del establecimiento.
- Organizar, coordinar y supervisar las tareas de cuidado y mantenimiento del edificio escolar, espacios verdes y demás dependencias.
- Organizar y supervisar el servicio de mensajería del establecimiento.
- Organizar el servicio de refrigerio para el personal.
- Colaborar en las demás tareas que le sean requeridas, en tanto guarden relación con sus funciones.
CAPITULO IV
f) De la cobertura de cargos
Consejos Evaluadores Del Consejo Evaluador Institucional (de la Resolución 1750/11)
a) Constituirse en las sedes institucionales, para llevar a cabo, la evaluación de títulos y antecedentes y los procedimientos administrativos correspondientes, para la cobertura de las vacantes y/o suplencias que se generen en la institución durante cada ciclo lectivo.
b) Realizarán en forma conjunta con Jurado de Concursos la actualización de la normativa en vigencia relacionada con concursos, antecedentes culturales, mecanismos concúrsales para cargos iniciales y horas cátedras.
c) Asumir una actitud ética en la evaluación de los títulos y antecedentes de los aspirantes a cubrir interinatos y suplencias en horas cátedras y cargos iniciales del Nivel Superior.
d) Preservar la debida confidencialidad del acto de evaluación.
e) Cumplir con la elaboración y conservación de la documentación producida en el proceso evaluativo.
Artículo 80
- Los concursos a resolver por Art. 80, serán materia a tratar por el Consejo Directivo Institucional, según lo establece la normativa.
- Para tal efecto deberán elaborarse las pautas para que los aspirantes, presentes los planes de cátedra previstos por la normativa para este tipo de concurso.
- A través de la Secretaría realizar el llamado a concurso y luego comunicar los resultados a los inscriptos.
CAPÍTULO V
G) De la modificación del presente documento:
- Mecanismo:
Una vez al año el presente documento será trabajado y debatido en un día institucional previsto a tal efecto.
Los miembros de la comunidad tendrán la oportunidad de presentar allí los posibles puntos a modificar. Se adjuntará una propuesta para ello.
Toda la comunidad conocerá los puntos a ser modificados y podrán emitir respuesta al respecto.
Luego el Consejo Directivo en sesión votará sobre la necesidad de cambio de cada punto. La decisión del Consejo (en consonancia con la normativa vigente) será inapelable.
Todo aquello que no haya sido contemplado en el presente reglamento, será elevado al Consejo Directivo, para su tratamiento.
La reglamentación tenida en cuenta no agota los roles y funciones de los distintos miembros de la comunidad educativa. Por la dinámica propia de las instituciones sabemos que es necesario un repensar estas cuestiones y proceder al mecanismo de evaluación del presente reglamento para modificar aquello que fuera necesario.
El presente Reglamento será aplicable en cuanto a los puntos que se refieren al Consejo Directivo, a partir de las elecciones ha realizarse en el año 2.012.
Índice:
CAPITULO I
a) Identidad Pág. 1
b) Misión Pág. 2
c) Principios Pág. 3
CAPITULO II
d) Del gobierno institucional
- 1.-Rector Pág.5
- 2.-Vicerrector Pág.6
- 3.-Secretario Pág. 7
- 4.-Consejo Directivo Pág. 8
- 5.-Regente Pág. 10
CAPITULO III
e) De la estructura funcional
- 1.-Personal Administrativo Pág.11
- 2.-Bibliotecario Pág.11
- 3.-Preceptor Pág.12
- 4.-Docentes Pág.15
- 5.-Estudiantes Pág.16
- 6.-Egresados Pág.18
- 7.-Facilitadores TIC`s Pág.19
- 8.-Referente TIC`s Pág.19
- 9.-Ordenanzas Pág. 20
CAPITULO IV
f) De la cobertura de cargos
- Consejos evaluadores Pág.21
- Art. 80 Pág.21
CAPITULO V
g) De la modificación del presente documento
- Mecanismo Pág.22